Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro303224
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el hecho de practicar la mendicidad por parte de la quejosa, producía un ejemplo pernicioso en un menor que la acompañaba, máxime, si la niñez de ésta la empleaba para mover la generosidad de los transeúntes, y si también en algunas ocasiones en que dicha menor solicitaba dádivas procedía por instigación o persuasión de la quejosa, ya que su corta edad no la capacitaba para determinar por si misma la conveniencia de su conducta, se dan todos los elementos del delito de inducción a la mendicidad y la evidencia de la responsabilidad de la quejosa.

Amparo penal directo 8574/46. Islas F.M.. 19 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: F. de la Fuente y T.O. y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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