Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro301290
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el inculpado integraba un grupo de individuos del que dos de sus componentes, balacearon a la víctima, dándole muerte, es evidente que estuvo en posibilidad de procurar, por medio de su intervención, la no consumación del delito, del que seguramente tenía conocimiento, por formar parte del grupo de donde se desprendieron los autores materiales del mismo, incurriendo por omiso, en el delito previsto por el artículo 387, fracción I, del Código Penal del Estado, que establece que incurre en encubrimiento quien no procura, por los medios lícitos a su alcance, impedir la consumación de los delitos que sabe se van a cometer o que se están cometiendo, si son de los que se persiguen de oficio, de donde resulta que el auto de formal prisión dictado en su contra, por tal delito, satisface los extremos del artículo 19 constitucional para su procedencia.

Amparo penal en revisión 7215/48. G.V.R.. 24 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.






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