Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro300310
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si encontrándose el ofendido en su domicilio, donde tiene instalado un taller, se introdujo en el mismo la acusada, no son óbice para dictar orden de aprehensión por el delito de allanamiento de morada, las consideraciones que haga la acusada al respecto, si no hay prueba fehaciente, de que el lugar donde se introdujo sea un lugar público.

Amparo penal en revisión 7675/49. G.M.. 9 de febrero de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: L.G.C.. Disidente: F. de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.



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