Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro299653
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Conforme al artículo 241 del Código Penal del Estado, los elementos del delito del delito de estupro son: a) cópula, b) en mujer menor de edad, c) de buena conducta y d) por medio de engaño o de promesa de matrimonio. La ley no tutela aquí propiamente la virginidad, sino esencialmente la inexperiencia sexual que presupone las cualidades de castidad y honestidad como estado moral y modo de conducta que corresponde a ese estado. Es, pues, preciso que se trate de mujer de buena conducta y tal no puede serlo quien no observa un comportamiento moral adecuado; y este elemento del delito no se encuentra satisfecho, si los antecedentes de la ofendida son reveladoras de una ausencia de castidad y honestidad, como abstención física de toda actividad sexual y como buena reputación por su correcta conducta erótica.

Amparo penal directo 8202/49. B.G.M.. 14 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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