Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro296419
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Siendo el órgano jurisdiccional el más relevante de los sujetos procesales, es subjetivamente capaz, modificando la clasificación de homicidio en riña que hiciera el J. a quo, de reclasificar los hechos criminosos, encuadrándolos dentro del homicidio simple intencional, que como se sabe se caracteriza por la ausencia de circunstancias agravantes o modificativas; y si el agravio esgrimido por el representante de la acción penal durante la substanciación de la alzada, lo fue en el sentido de que la consumación típica estuvo matizada con una calificativa, resulta incuestionable que el juzgador pudo encuadrarla dentro del homicidio simple, sin violar el ámbito de la acusación enderezada por el Ministerio Público y, al acreditar procesalmente tal circunstancia modificativa de riña, no causa agravio al quejoso.

Amparo penal directo 9049/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: T.O. y Leyva.

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