Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro292817
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La portación sin licencia de armas de fuego de calibres diversos a las de aquellas reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacional no configura ningún delito, sino únicamente una infracción a los Reglamentos de Policía, atento el contenido del artículo 10o. de la Constitución General de la República, que permite el uso de tales armas, pero prohibe su portación en las poblaciones a menos que el sujeto llene las exigencias de tales Reglamentos, de donde se concluye que quien falte a esos requisitos, infringe reglamentos policiacos, pero no la Ley Penal.

Amparo directo 8271/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de febrero de 1957. Mayoría de cuatro votos. Ponente, D.: G.R. de C.. Engrose: R.C.S..

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