Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro263728
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Aun abandonando el concepto de "reina de las pruebas", otorgado a la confesión dentro del antiguo sistema inquisitorio, sigue siendo la declaración del reo una de las pruebas más preciosas dentro del procedimiento penal, ya que constituye, como lo afirma C., no solamente la res iudicanda, sino que entra también a formar la res iudicans; "en otras palabras, es al mismo tiempo la materia y un instrumento del juicio". La confesión no es más que un verdadero testimonio de la parte, cuyo contenido es contrario al interés de quien lo hace y como por experiencia resulta excepcionalmente raro que "una persona invente hechos en perjuicio suyo, la confesión ha sido siempre considerada una prueba segura". Si los acusados han declarado con posterioridad a sus confesiones, en el sentido de que éstas les fueron arrancadas con violencia moral, pero sin probar tal circunstancia, la que por otra parte no resulta convincente dentro del conjunto de pruebas que informan la causa, no hay más solución legal que otorgarles valor pleno.

Amparo directo 110/57. V.M.G.G.. 20 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.J.G.B..


Nota: En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION (RETRACTACION).".



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