Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro259955
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

La omisión consistente en que no se practicó un careo de los llamados de índole constitucional, implicaría una violación sustancial, cometida durante el procedimiento, y sería de la incumbencia del respectivo Tribunal Colegiado de Circuito, conocer de ella; pero esta Corte Suprema ha decidido en forma constante e invariable que, cuando la violación procesal que se alega sea falsa, por economía de tiempo, de esfuerzo y de procedimiento, debe declararlo así y entrar desde luego al estudio del fondo del asunto.

Amparo directo 7697/61. C.M.E.. 31 de julio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.R.V..

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