Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro258785
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si un comisariado ejidal ha decomisado los animales de una persona, sin intervención de autoridad judicial alguna, para garantizar los daños que éstos han causado a los sembrados, es un secuestro de hecho, pero no de derecho; por lo que, si el legítimo propietario del ganado manda a una persona a recogerlo, no se configura el delito de robo de ganado para esta persona, habida cuenta de que la posesión no era legítima para los miembros del comisariado, pues en forma indebida y haciéndose justicia por sí mismos, despojaron al legítimo propietario.

Amparo directo 3838/67. J.C.E.. 12 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.H. y A..

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