Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro258762
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El delito de calumnia, que según definición de los códigos penales, consiste en imputar a otro un hecho determinado y calificado como delito, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa, no puede coexistir con el de falsedad en declaraciones judiciales, no obstante que el denunciante al rendir testimonio ante el órgano jurisdiccional reitere los mismos hechos, pues si resultan falsos o inocente la persona a quien se atribuye, el inculpado habrá cometido solamente el de calumnia, más no el de falsedad, ya que este último se subsume en la anterior figura delictiva, que exige como elemento material que la denuncia sea falsa, incurriendo obviamente, de origen, en un falso testimonio.

Amparo directo 8275/67. D.H.F.. 25 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: M.G.R.F..

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