Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236977
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si por instrumento del delito debe entenderse el objeto necesario para la consumación de éste, es de concluirse que tal supuesto no se da en el caso de un vehículo en cuyo interior fue encontrada droga, pues sólo sirvió para ocultar ésta, pero no como medio para agotar el delito contra la salud en su modalidad de posesión.

Amparo directo 2168/69. E.S.O.. 4 de septiembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: E.B.F..


Sexta Epoca, Segunda Parte:


Volumen CXXIX, página 17. Amparo directo 6793/63. A.S.R.. 4 de marzo de 1968. cuatro votos. Ponente: M.R.S..


Volumen CXIII, página 23. Amparo directo 6479/66. J.A.L.S.. 25 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: M.R.S..


Volumen CV, página 47. Amparo directo 8555/65. J.M.C.. 7 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: M.R.S..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 253, página 557, bajo el rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. INSTRUMENTOS QUE NO LO SON DE, EN SU MODALIDAD DE POSESION (VEHICULOS).".


Nota:


En el Volumen CXXIX, página 17, la tesis aparece bajo el rubro "INSTRUMENTOS DEL DELITO. AUTOMOVIL USADO PARA POSESION Y TRAFICO DE DROGAS.".


En el Volumen CXIII, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "INSTRUMENTOS DEL DELITO. CONCEPTO.".


En el Volumen CV, página 47, la tesis aparece bajo el rubro "AUTOMOVIL COMO INSTRUMENTO DEL DELITO DE TRAFICO DE DROGAS.".

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