Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236277
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si en el pliego de conclusiones el agente las formula estimando el delito atribuido al quejoso como "calificado", pero no menciona en su escrito cuáles son las calificativas estudiadas concretamente, se impone conceder el amparo, con base en las jurisprudencias relativas, para el efecto de que se dicte nuevo fallo, considerando el delito de homicidio, como simple intencional.

Amparo directo 1635/72. L.S.C.. 8 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.


Sexta Epoca, Segunda Parte:


Volumen CXII, página 37. Amparo directo 9740/65. A.D.R.. 24 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.


Volumen CXII, página 37. Amparo directo 5167/65. J.M.S.M.. Cinco votos. 13 de octubre de 1966. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Volumen CXI, página 37. Amparo directo 5446/64. R.B.H.. 7 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.


Volumen CVII, página 29. Amparo directo 9139/65. A.A.T.. 2 de mayo de 1966. Cinco votos. Ponente: A.M.A..


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXVII, Segunda Parte, página 29, tesis de rubro "MINISTERIO PUBLICO, ALCANCE DE LA APELACION DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).".


Nota:


En el Volumen CXII, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, ACUSACION DEL, SIN PRECISAR CALIFICATIVAS.".


En el Volumen CXI, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO. DEBE PRECISAR LAS CALIFICATIVAS A QUE SE REFIERA EN SU ACUSACION.".


En el Volumen CVII, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEFECTUOSAS DEL. HOMICIDIO CALIFICADO.".

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