Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Enero de 2007 (Tesis num. 1a. XVII/2007 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-01-2007 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XVII/2007 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2007 |
Fecha | 01 Enero 2007 |
Número de registro | 173440 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Enero de 2007; Pág. 486 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la suplencia de la queja deficiente opera invariablemente tratándose de la afectación de la esfera jurídica de un menor de edad o de un incapaz. Ahora bien, aun cuando dicha suplencia tiene como finalidad resolver sobre la cuestión efectivamente planteada y sobre la legalidad o constitucionalidad del acto impugnado, siendo procedente, inclusive, en algunas materias, ante la omisión de expresión de conceptos de violación o agravios; sin embargo, ello no implica que tal suplencia posibilite analizar la procedencia de un recurso de revisión en amparo directo en un caso no permitido, ya que ello sería tanto como actuar al margen de la ley declarándose procedente lo improcedente, lo que significaría modificar el régimen establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Amparo, respecto de la procedencia del mencionado recurso.
Amparo directo en revisión 581/2005. 22 de febrero de 2006. Cinco votos. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: M.Á.A.C..
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