Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro808193
MateriaCivil
EmisorPrimera Sala

Si el J. ordena que no se tenga por opuesta la excepción de plus petitio, y en su sentencia dice que la suspensión tiene por efecto que se mantengan las cosas en el estado que guardaban, mientras se resuelve el amparo en definitiva, esto implica la paralización del procedimiento, lo que es contrario al orden público y, por lo mismo, afecta al interés general, siendo por lo mismo improcedente la suspensión.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4286/43. Cava M.. 30 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La Publicación no menciona el nombre del ponente.

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