Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro816135
MateriaComún
EmisorPrimera Sala

De acuerdo con el artículo 27 de la Ley de Amparo, las partes pueden nombrar a cualquier persona para oír notificaciones en su nombre, facultándola para promover o interponer los recursos que procedan, en respuesta a la notificación, lo que pueden hacer por escrito, con la debida expresión de agravios y presentación de las copias para las partes, según lo establece el artículo 85 de la Ley de Amparo.

Reclamación 5563/38. P.A.A.. 1o. de agosto de 1939. Mayoría de tres votos. Ausente: L.G.C.. Disidente: R.C.S. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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