Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 497 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro905438
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Técnicamente, no puede tenerse por comprobada la autoría intelectual de un delito, si no aparece demostrada la autoría material. Cuando no existe vinculación por medio de prueba plena entre los hechos de la ejecución del homicidio, la determinación del autor material y datos precisos de señalamiento de un autor intelectual, no puede tenerse por demostrada esa autoría por el delito. Es infundada la sentencia que condena al inculpado como autor intelectual, si no se demostró la identidad del autor material.

Amparo directo 4732/77.-I.O.C. de junio de 1978.-Cinco votos.-Ponente: F.C. Tena.-Secretario: A.F.H..


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 109-114, Segunda Parte, página 15, Primera Sala.

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