Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 1933 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro906874
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el Ministerio Público, al ser notificado de la sentencia de primera instancia, apela únicamente de la parte en que se absuelve a uno de los acusados y se conforma expresamente con la otra parte en la cual se condena a otro de los acusados, el tribunal de alzada está legalmente impedido para aumentar la pena impuesta al acusado a quien se condenó en primera instancia, por lo cual dicho tribunal viola las garantías del referido acusado al hacer tal aumento, debiendo en ese caso concederse la protección federal para el efecto de que sea confirmada la sentencia de primera instancia, en su parte condenatoria.

Amparo directo 3417/50.-A.P.A. y M.P.R. de febrero de 1951.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente y R.: L.G.C..


Informe de 1951, Quinta Época, página 63, Primera Sala.

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