Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 26 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro918480
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Interpretando los artículos 6o. y 10 del Código Federal de Procedimientos Penales corresponde al Juez Federal que haya prevenido en la causa conocer de los delitos de venta y portación de arma prohibida, cuando respecto del primer delito no se pueda determinar el lugar en que se inició y consumó, y del segundo se hayan producido sus efectos en diversos Estados de la República.

Competencia 32/91.-Suscitada entre el Juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal y el Juez Segundo de Distrito en La Laguna con residencia en Torreón, Coahuila.-9 de marzo de 1992.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: L.F.D.: C.G. de Lester.-Secretaria: R.B.V..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX, mayo de 1992, página 94, Primera Sala, tesis 1a. V/92.

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