Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Septiembre de 2006 (Tesis num. 1a. CXLVI/2006 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CXLVI/2006
Fecha de publicación01 Septiembre 2006
Fecha01 Septiembre 2006
Número de registro174274
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIV, Septiembre de 2006; Pág. 206
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Penal,Derecho Penal,Derecho Fiscal,Derecho Constitucional

El citado precepto legal, al establecer que para que proceda la sustitución y conmutación de sanciones o cualquier otro beneficio, los sentenciados por delitos fiscales tendrán que comprobar que los adeudos fiscales están cubiertos o garantizados a satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no transgrede el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues el hecho de que en relación con los delitos fiscales se imponga dicho requisito, no constituye una violación al indicado precepto constitucional, porque los referidos beneficios no tienen la calidad de garantía individual, ni están tutelados en la Constitución Federal, por lo que su limitación y regulación, en tratándose de delitos fiscales, no puede estimarse inconstitucional.

Amparo en revisión 788/2006. 5 de julio de 2006. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.R.C.D. y J.N.S.M.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: A.N.F.d.C..

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