Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Septiembre de 1998 (Tesis num. 1a. XL/98 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-1998 (Tesis Aisladas))

Número de registro195569
Número de resolución1a. XL/98
Fecha de publicación01 Septiembre 1998
Fecha01 Septiembre 1998
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VIII, Septiembre de 1998; Pág. 237
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Los artículos 96 del Código Penal Federal, sexto transitorio del decreto de treinta de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, publicado en el Diario Oficial de la Federación de trece de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal y 560 del Código Federal de Procedimientos Penales, determinan que el reconocimiento de inocencia sólo procede contra la sentencia condenatoria definitiva, entendiendo por tal, aquella contra la que no procede recurso o medio de defensa ordinarios, por virtud de los cuales pueda ser modificada o revocada; consecuentemente, en los casos en los que proceda apelación contra la sentencia de primera instancia y ha sido agotada el carácter de sentencia definitiva lo tiene la de alzada y por ello, el reconocimiento de inocencia no es procedente contra la de primer grado.

Reconocimiento de inocencia 17/96. A. de la R.R.. 12 de agosto de 1998. Cinco votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: G.C.O..

6 sentencias

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