Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 2005 (Tesis num. 1a./J. 48/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 178232 |
Número de resolución | 1a./J. 48/2005 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2005 |
Fecha | 01 Junio 2005 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Junio de 2005; Pág. 5 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
Del artículo 36 de la Ley de Amparo se advierten tres reglas para fijar la competencia de los Jueces de Distrito, a saber: a) será competente el del lugar en que deba tener ejecución, trate de ejecutarse, se ejecute o se haya ejecutado el acto reclamado; b) cuando el acto haya comenzado a ejecutarse en un distrito y siga ejecutándose en otro, será competente cualquiera de los Jueces de esas jurisdicciones, a prevención; y, c) cuando el acto reclamado no requiera ejecución material, será competente el Juez de Distrito en cuya jurisdicción resida la autoridad que hubiese dictado la resolución reclamada. Ahora bien, si se toma en cuenta que el reo está privado de su libertad en el momento en el que solicita la concesión de alguno de los beneficios previstos en la ley para suspender la ejecución de la pena de prisión, es indudable que conforme a la primera regla de competencia citada, dicho acto se seguirá ejecutando en el lugar donde aquél esté recluido y, por ende, cuando se niegue el beneficio o no se dé trámite a la solicitud indicada, resulta competente para conocer del juicio de garantías relativo el Juez de Distrito en cuya jurisdicción se ubique el centro penitenciario.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 141/2004-PS. Entre las sustentadas por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito. 23 de febrero de 2005. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: B.J.J.R..
Tesis de jurisprudencia 48/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintisiete de abril de dos mil cinco.
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Sentencia con número de expediente 28/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, 2022-06-20
...PENAL 17 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN EL QUE SE ENCUENTRE RECLUIDA LA PERSONA.” (se transcribe texto). Así como la jurisprudencia 1a./J. 48/2005, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 5 del Tomo XXI, Junio de 2005, número de r......
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Sentencia con número de expediente 30/2022. Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, 2022-05-27
...ENCUENTRE EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN EL QUE SE ENCUENTRE RECLUÍDA LA PERSONA. [Se trascribe texto].’ Así como la jurisprudencia 1a./J. 48/2005, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 5 del Tomo Junio de 2005, número de reg......
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Sentencia con número de expediente 102/2022. Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche, 2022-01-29
...donde el sentenciado esté recluido.” De igual manera sustenta lo anterior, por las razones que la informan, la Jurisprudencia 1a./J. 48/2005, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su......
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Sentencia con número de expediente 672/2022. Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna, 2022-05-24
...recluido el impetrante de amparo, porque es donde se le está afectando en su libertad personal. Cobra aplicación la Tesis Jurisprudencial 1a./J. 48/2005, sustentada por la Primera Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Novena Época, Tomo XXI, Junio de 2005, Página: 5, co......