Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Mayo de 2003 (Tesis num. 1a./J. 18/2003 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-2003 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 184304 |
Número de resolución | 1a./J. 18/2003 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2003 |
Fecha | 01 Mayo 2003 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVII, Mayo de 2003; Pág. 175 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sustentó el criterio jurisprudencial de que para el dictado de un auto de formal prisión, la autoridad judicial no debía limitar su actividad al estudio del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, sino analizar las modalidades o circunstancias modificativas o calificativas del delito, con independencia de que estas últimas deban ser objeto de prueba durante el proceso penal correspondiente, en cuya sentencia se define, en su caso, el grado de responsabilidad del procesado, dado que es justamente en dicho proceso en donde se le brinda el legítimo derecho de defensa, es decir, de ofrecer las pruebas y formular las manifestaciones que estime pertinentes. En congruencia con tal criterio y en virtud de las semejanzas en los requisitos de fondo para dictar una orden de aprehensión y un auto de formal prisión, según lo dispuesto en los artículos 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la historia legislativa de dichos preceptos constitucionales, se concluye que los requisitos señalados para dictar un auto de formal prisión, deben hacerse extensivos a la orden de aprehensión y, por ello, en el dictado de ésta deben incluirse las modalidades o circunstancias modificativas o calificativas del delito.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 80/2002-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos del Décimo Cuarto Circuito. 26 de marzo de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.V.C. y C.. Ponente: H.R.P.. Secretario: J. de J.B.S..
Tesis de jurisprudencia 18/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintiséis de marzo de dos mil tres.
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Sentencia N° 142-2018 de la Sala 2, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2018
...Materia(s): Penal Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XVII, mayo de 2003 Tesis: 1a./J. 18/2003 Página: ORDEN DE APREHENSIÓN. AL DICTARSE, EL JUEZ DEBE ANALIZAR LAS MODALIDADES O CALIFICATIVAS DEL DELITO. La Primera Sala de la Suprema ......
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Sentencia N° 786-2016-AMPARO de la Sala 2, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2016
...y, en caso de que la descripción típica lo requiera, los normativos. Sin que obste a lo anterior el contenido de la jurisprudencia número 1a./J. 18/2003, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivada de la contradicción de tesis 80/2002-PS, de rubro: ......
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Sentencia N° 786-2016 de la Sala 2, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2016
...y, en caso de que la descripción típica lo requiera, los normativos. Sin que obste a lo anterior el contenido de la jurisprudencia número 1a./J. 18/2003, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivada de la contradicción de tesis 80/2002-PS, de rubro: ......
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Sentencia N° 1508-2014 de la Sala 1, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2014
...y, en caso de que la descripción típica lo requiera, los normativos. Sin que obste a lo anterior el contenido de la jurisprudencia número 1a./J. 18/2003, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivada de la contradicción de tesis 80/2002-PS, de rubro: ......