Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 11(H) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Reiteración))

Número de registro904739
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El artículo 306 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, sanciona el disparo hecho sobre alguna persona, independientemente de la pena que le corresponda por el daño causado; debiendo interpretarse ese precepto legal en el sentido de que el legislador quiso castigar la peligrosidad que implica toda agresión por medio de un disparo con arma de fuego; y cuando el daño que resulte sea el de la privación de la vida, sólo debe aplicarse la pena correspondiente al homicidio, porque ese delito absorbe al de disparo de arma de fuego, convirtiéndose en el medio adecuado para la consumación del homicidio; pero cuando solamente resulten lesiones, debe aplicarse la pena que corresponde por ellas y la que corresponde por el disparo.

Quinta Época:


Amparo directo 334/36.-S.O.Á..-17 de febrero de 1937.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 409/36.-G.E. Fernando.-3 de marzo de 1937.-Mayoría de tres votos.-Ausente: J.M.O. Tirado.-Disidente: H.L.S..-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 1285/37.-G.G.G. de abril de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 1774/37.-V.G. Lauro.-23 de junio de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 8228/37.-O.B. Gabriel.-9 de marzo de 1938.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Apéndice 1917-1995, Tomo II, Tercera Parte, página 504, Primera Sala, tesis 777.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR