Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. 1a./J. 55/2007 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2007 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 171837 |
Número de resolución | 1a./J. 55/2007 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2007 |
Fecha | 01 Agosto 2007 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Agosto de 2007; Pág. 78 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Conforme a la tesis 1a./J. 1/2003, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., febrero de 2003, página 96, y a la interpretación sistemática y armónica de los artículos 9o., 10, 10 Bis, 11, 50, 77, fracciones I y IV, 83 y 83 Quat, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, los delitos de portación de armas de fuego y posesión de cartuchos, ambos para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son autónomos; sin embargo, cuando el segundo de los ilícitos mencionados se comete en las mismas circunstancias de tiempo, modo y lugar que el primero, es decir, cuando los cartuchos hayan estado integrados al funcionamiento del arma, correspondiendo a su calibre y que no excedan de la cantidad necesaria para abastecer su cargador, no se actualiza dicha autonomía para efectos de su sanción por parte de la autoridad judicial, en tanto que el delito de portación de arma de fuego absorbe al de posesión de cartuchos. En consecuencia, en la referida hipótesis debe imponerse al sujeto activo únicamente la sanción que corresponda por el ilícito de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, pues de lo contrario se violaría el principio non bis in idem contenido en el artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe imponer una doble penalidad -recalificar- a la misma conducta.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 115/2006-PS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito y Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, actual Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del mismo circuito. 14 de marzo de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.C.D.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: J.F.C..
Tesis de jurisprudencia 55/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veinticinco de abril de dos mil siete.
Nota: La tesis 1a./J. 1/2003 citada, aparece publicada con el rubro: "CARTUCHOS PARA ARMAS DE USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y FUERZA AÉREA. SU POSESIÓN ES PUNIBLE EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS."
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Sentencia con número de expediente 131/2022. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Sonora, 2015-09-01
...Lo anterior encuentra sustento en la jurisprudencia sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, número 1a./J. 55/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVI, Agosto de 2007, página 78, que ilustra el tema bajo el rubro y ......
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Sentencia con número de expediente 54/2023. Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, 2014-03-13
...que sólo el excedente del necesario para abastecerlo es el que configura la conducta delictiva; sustenta lo anterior la jurisprudencia 1a./J. 55/2007 sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.......
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Sentencia con número de expediente 27/2023. Tribunal Colegiado de Apelación del Noveno Circuito, con residencia en San Luis Potosí, San Luis Potosí, 2023-03-29
...de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Ello conforme al principio de subsunción o absorción, descrito en la jurisprudencia 1a./J. 55/2007, en la que se sostiene que cuando los cartuchos están integrados al funcionamiento de un arma de fuego, solo debe considerarse la portació......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-01-2019 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 142/2018)
...a la actualización de un concurso real de delitos. Lo anterior tiene sustento, por la información que ministra, en la jurisprudencia 1a./J. 55/2007, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.X.,......
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El principio 'non bis in idem' y su repercusión sobre el ilícito penal y el ilícito administrativo
...o reclamar la existencia del principio non bis in idem se necesita de una “triple identidad”:17 vena Época, de septiembre de 2009; Tesis 1a./J. 55/2007, Primera Sala, p. 78 de la GSJF, T. XXVI, Novena Época, de agosto de 2007; Tesis 1a. XCVII/2011, Primera Sala, p. 175 de la GSJF, T. XXXIII......