Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro246283
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

Debe sobreseerse el juicio de garantías con fundamento en la fracción IV del artículo 73 de la Ley de Amparo al aparecer de autos que los quejosos ya habían seguido otro en contra de la resolución presidencial de que en el nuevo pretenden reclamar sólo su ejecución y cumplimentación, si el primero que les fue sobreseido, existiendo como fundamento básico para reforzar el sobreseimiento el último párrafo de la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal a contrario sensu, porque, careciendo los quejosos de los certificados de infectabilidad, están impedidos para promover el juicio de amparo.

Amparo en revisión 9462/65. E.L. y coagraviados. 27 de Octubre de 1970 Mayoría de cuatro votos. Disidente: A.C.G.. Ponente: L.F.C.O..


Véanse:


Semanario Judicial...

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