Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro245916
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

Si el sujeto pasivo de una expropiación lo es un núcleo de población ejidal, como conforme al artículo 8 bis de la Ley de Amparo, la representación legal del mismo para interponer el juicio de amparo la tienen originalmente los C.E. o de Bienes Comunales, y sustitutamente los miembros del Comisariado o del Consejo de Vigilancia, o cualquier ejidatario o comunero perteneciente al núcleo de población perjudicado; en tal virtud, si el juicio no es interpuesto por el Comisariado o Consejo de Vigilancia y el promovente no acredita tener el carácter de ejidatario, esto es, de sujeto de derechos agrarios individuales en el poblado expropiado, ni tampoco promueve en favor de los derechos colectivos del poblado, sino que lo hace pretendiendo defender la posesión que dice tener en diversas fracciones del ejido, cuya legalidad pretende derivar de contratos privados de donación o compras hechas a particulares que tampoco se ostentan como autoridades ejidales ni sujetos de derechos...

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