Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro245175
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

El desistimiento del recurso de revisión por parte de las autoridades, no requiere ratificación en presencia de la autoridad judicial. La idea de que el desistimiento por los particulares de la demanda o del recurso de revisión, debe ser ratificado en la presencia judicial, obedece al principio de que, siendo de importancia fundamental la protección de las garantías individuales, el desistimiento debe ser plenamente consciente y sin presiones de ninguna especie, razones que de ninguna manera se aplican a las autoridades responsables, que ni tienen garantías constitucionales ni, por disponer ellas de la fuerza pública, puede estimárseles sujetas a presiones por los particulares. Lo anterior se corrobora si se toma en cuenta, en primer lugar, que cuando la fracción III del artículo 30 de la Ley de Amparo previene la notificación personal de la providencia que manda ratificar el desistimiento, habla de la demanda o de cualquier recurso, se refiere "al interesado" y menciona la designación del lugar para oír notificaciones, expresiones todas ellas que razonablemente se entienden referidas a los particulares y no a las autoridades, las que son notificadas, además, por oficio, conforme a los artículos 28, fracción I, y 29, fracción I, del ordenamiento mencionado; y, en segundo lugar, la tesis de jurisprudencia visible con el número 275 en la página 473 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR