Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro353877
MateriaCivil,Derecho Civil
EmisorSegunda Sala

Si en un juicio de garantías, uno de los actos reclamados consiste en la ejecución que lleve a cabo un J. de lo Civil de un fallo dictado por el tribunal de alzada, en el sentido de revocar el auto por el que dicho J. dio entrada a una tercería excluyente de dominio, la circunstancia de que todavía no se hubiere recibido la ejecutoria respectiva, en el juzgado ejecutor, en la fecha en que se rindió el informe justificado, no implica necesariamente la inexistencia de ese acto, porque la recepción de la sentencia debe considerarse como un acto inmediato, y por tanto, el efecto de la misma, en este caso, consiste en que el J. reanude el procedimiento en el juicio ejecutivo mercantil, que dio origen a la apelación, y es un acto aunque futuro, de inminente realización; y como los actos de esta naturaleza son reclamables en el juicio de garantías, es obvio que no procede dictar sobreseimiento alguno.

Amparo civil en revisión 1530/36. C.A.. 23 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El M.F.C. no asistió a la sesión por las razones que constan en el acata del día. R.: G.F..

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