Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro338287
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Según jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, el término para la interposición del amparo, en el caso del remate, no debe empezar a contarse sino hasta el momento en que el acto es ya firme, porque se hayan agotado todos los recursos que establece la ley, ante las autoridades del orden común.

Amparo administrativo en revisión 1217/29. Q.J.M.. 29 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. R.: D.V.V..

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