Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro324588
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

Si el auto del inferior por el que se mandó requerir al quejoso, para que aclarara su demanda de amparo, expresando los actos reclamados que se atribuyen a cada una de las autoridades responsables, así como los conceptos de violación en que funda su demanda, se notificó al interesado por medio de lista, no obstante que debió hacerse personalmente, por tratarse de un requerimiento; pero el propio quejoso se presentó por escrito haciendo únicamente la aclaración relativa a los actos reclamados y a la fracción I del artículo 1o. de la indicada ley, con lo cual se ostentó sabedor de aquel requerimiento, pero sin haber expresado los conceptos de violación que también omitió en su referida demanda, resulta que como la fracción V del artículo 116 de la mencionada Ley de Amparo exige, entre los requisitos que debe contener la demanda relativa, que se exprese el concepto o conceptos de violaciones del acto reclamado, es claro que si el interesado no llenó ese requisito, no obstante la prevención que se le hizo, debe confirmarse el auto del inferior que tuvo por no interpuesta su demanda de amparo.

Amparo administrativo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 4852/43. L.A.. 19 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: F.C..



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