Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro324429
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Si se reclama en amparo el cobro que hacen determinadas autoridades fiscales, con base en la "aclaración" a la ley de ingresos de la federación para el año de mil novecientos cuarenta y dos, publicada en el Diario Oficial de la Federación de cinco de enero del mismo año, debe sobreseerse en el juicio, atendiendo a que los actos reclamados no causan un perjuicio definitivo a la parte quejosa, que admiten en su contra el medio ordinario de defensa consistente en el juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal. Este tribunal también es competente para conocer del problema sobre si esa "aclaración" debe considerarse como ley obligatoria para los causantes, como cuestión previa al examen de los créditos fiscales impugnados dentro de las atribuciones que le otorga la fracción I del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación.

Amparo administrativo en revisión 8065/42. C.M.S. y coagraviados (acumulados). 12 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro M.B.B. no votó, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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