Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro238335
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

Si bien es cierto que con motivo de la diligencia de posesión provisional el núcleo beneficiado se tendrá para todos los efectos legales como legítimo poseedor de las tierras, bosques y aguas concedidos por el mandamiento gubernamental, y los demás derechos que le atribuye el artículo 300 del citado cuerpo de leyes, también lo es que cuando la diligencia de posesión provisional es virtual, el poblado quejoso carece de los derechos que prevé el artículo en comento, y en consecuencia, no se le violan esos derechos ni las garantías que consagran los artículos 14, 16 y 27 constitucionales con la resolución presidencial que dota a otro poblado del predio controvertido y la ejecución de la misma, máxime que los predios objeto de la dotación del mandamiento del gobernador están sujetos a lo que en definitiva resuelva el presidente de la República al poner fin a la segunda instancia.

Amparo en revisión 2086/75. Poblado "Las Hacienditas y Anexos" del Municipio de Otaez Durango. 26 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: A.R.C..


Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 280, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION VIRTUAL MOTIVADA POR MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL. EFECTOS JURIDICOS DEFICIENTES.".

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