Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 1996 (Tesis num. 2a. CXI/96 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-1996 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. CXI/96 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 1996 |
Fecha | 01 Diciembre 1996 |
Número de registro | 199808 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; IV, Diciembre de 1996; Pág. 219 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 73, fracción X, de la Ley de Amparo, el cambio de situación jurídica, por regla general, se produce cuando concurren los supuestos siguientes: a).- Que el acto reclamado en el juicio de amparo emane de un procedimiento judicial, o de un administrativo seguido en forma de juicio; b).- Que con posterioridad a la presentación de la demanda de amparo se pronuncie una resolución que cambie la situación jurídica en que se encontraba el quejoso por virtud del acto que reclamó en el amparo; c).- Que no pueda decidirse sobre la constitucionalidad del acto reclamado sin afectar la nueva situación jurídica, y por ende, que deban considerarse consumadas irreparablemente las violaciones reclamadas en el juicio de amparo; d).- Que haya autonomía o independencia entre el acto que se reclamó en el juicio de garantías, y la nueva resolución dictada en el procedimiento relativo, de modo que esta última pueda subsistir, con independencia de que el acto materia del amparo resulte o no inconstitucional.
Amparo en revisión 459/96. E.M.A.L.. 6 de noviembre de 1996. Cuatro votos. Ponente: G.D.G.P., en su ausencia hizo suyo el proyecto M.A.G.. Secretario: N.L.R..
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