Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 154 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro900827
MateriaConstitucional
EmisorSegunda Sala

La fracción II del artículo 107 de la Constitución expresa que "La sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare". En consecuencia, la expedición de la Ley del Impuesto sobre compraventa de Primera Mano de Aguas Envasadas no pretende cumplimentar la ejecutoria de la Segunda S. que declaró la inconstitucionalidad de la anterior Ley del Impuesto sobre Producción de Aguas Envasadas, sino que se trata de un acto autónomo del Poder Legislativo, para conocer de cuya constitucionalidad no es idóneo el recurso de queja, sino el juicio de amparo, ni su conocimiento correspondería a dicha S., sino al Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia.


Queja 122/58.-Refrescos P., S.A. y otras.-6 de marzo de 1961.-Cinco votos.-Ponente: F.T.R..






Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XLV, Tercera Parte, página 33, Segunda S..

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