Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 61 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro911626
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si en atención a la necesidad de modernizar y ampliar una ciudad y a que el Gobierno del Estado no está en condiciones de ejecutar las obras de urbanización y embellecimiento, se faculta al Ejecutivo para vender a una negociación, que ejecutará las obras, los terrenos a que se refiere el decreto expropiatorio, es indudable que la autoridad que expropió, aplicó de in-mediato los bienes afectados, al celebrar la venta, al destino para el que se dictó tal medida, y es evidente que los motivos de la expropiación, o sea los de modernizar, ampliar, urbanizar y embellecer la ciudad, no han desaparecido, razón por la cual es improcedente la reversión, máxime que en virtud de la compra, el comprador pudo adquirir derechos, y para privarlo de ellos, que a tal cosa equivaldría la reversión, precisaría evitar la violación en su perjuicio de las garantías constitucionales, llamándolo a juicio.

Amparo administrativo en revisión 3653/54.-O. de H.R. y coagraviados.-26 de noviembre de 1954.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: J.R.P.C.: O.M.G..


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXII, página 1462, Segunda Sala.

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