Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2011 (Tesis num. 2a. LXXXIV/2011 (9a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2011 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. LXXXIV/2011 (9a.) |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2011 |
Fecha | 01 Diciembre 2011 |
Número de registro | 160486 |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro III, Diciembre de 2011, Tomo 4; Pág. 3275 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común |
De conformidad con los artículos 5o. y 83, fracción V, de la Ley de Amparo, el tercero perjudicado tiene legitimación para interponer el recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en un juicio de amparo directo, cuando subsista el estudio de un tema propiamente constitucional. Ahora bien, la legitimación del tercero perjudicado para interponerlo se encuentra condicionada a que dicha sentencia le irrogue una afectación directa a su esfera jurídica. Por lo tanto, no tiene legitimación para impugnar la omisión del Tribunal Colegiado de Circuito cuando resuelva los planteamientos de la quejosa que cuestionan la constitucionalidad de un precepto determinado, puesto que, la omisión en examinarlos, sólo perjudica a quien los formula (parte quejosa), además de que el derecho de formularlos se origina con la aplicación del referido precepto en perjuicio del promovente del juicio de garantías.
Amparo directo en revisión 1609/2011. P., S.A. de C.V. 7 de septiembre de 2011. Cinco votos, votó con salvedad M.B.L.R.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: P.Y.C..
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 402/2014 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la que derivó la tesis jurisprudencial P./J. 14/2018 (10a.) de título y subtítulo: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL TERCERO INTERESADO NO ESTÁ LEGITIMADO PARA INTERPONER ESE RECURSO, CUANDO EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO OMITIÓ EL ESTUDIO DE LOS PLANTEAMIENTOS DE CONSTITUCIONALIDAD DEL QUEJOSO."
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-08-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2179/2012)
...Sala Tesis Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro III, Diciembre de 2011, Tomo 4 Materia(s): Común Tesis: 2a. LXXXIV/2011 Página: 3275 “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL TERCERO PERJUDICADO, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO CUANDO EL TRIBUNAL ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-06-2017 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 402/2014)
...y b) en el criterio sostenido por la Segunda Sala, al fallar el amparo directo en revisión 1609/2011, del que derivó la tesis 2a. LXXXIV/2011 (9a.), de rubro: “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL TERCERO PERJUDICADO, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO CUANDO EL TRIBUNAL COLEGIA......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-01-2018 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1572/2017)
...revisión en amparo directo controvertido, ya que tal como lo sustentó esta Segunda Sala en el asunto que dio origen a la tesis aislada 2a. LXXXIV/2011 (9a.), la parte tercero perjudicada tiene legitimación para interponer el recurso de revisión contra de la sentencia dictada en un juicio de......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-09-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 581/2017)
...de tesis 402/201449, cuyos criterios contendientes fueron la tesis 1a. CCCLXXXII/2014 (10a)50 emitida por esta Primera Sala, y la tesis 2a. LXXXIV/2011 (9a)51 emitida por la Segunda En dicho asunto, el Tribunal Pleno sostuvo que el tercero interesado carece de legitimación para reclamar a t......