Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2002 (Tesis num. 2a. CIX/2002 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CIX/2002
Fecha de publicación01 Septiembre 2002
Fecha01 Septiembre 2002
Número de registro185965
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVI, Septiembre de 2002; Pág. 348
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

Cuando en autos obra constancia de notificación a la autoridad responsable en un domicilio oficial e, incluso, el sello de acuse que prueba la recepción del oficio notificatorio, se actualiza la presunción fundada de que aquélla fue realizada conforme a derecho, siempre y cuando no haya sido controvertida mediante incidente de nulidad de notificaciones y anulada por la autoridad judicial federal en términos del artículo 32 de la Ley de Amparo, pues la constancia actuarial de notificación es un documento público de eficacia plena, en razón de que las diligencias realizadas por los actuarios gozan de fe pública y tienen pleno valor probatorio respecto de los hechos que en ellas se consignan, a menos que su contenido sea desvirtuado por prueba en contrario, en el incidente correspondiente.

Reclamación 181/2002. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 9 de agosto de 2002. Cinco votos. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: C.T.S.R..

18 sentencias

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