Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2010 (Tesis num. 2a./J. 73/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2010 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 164475 |
Número de resolución | 2a./J. 73/2010 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2010 |
Fecha | 01 Junio 2010 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Junio de 2010; Pág. 260 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo |
Conforme al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad cuenta con los siguientes plazos a partir de la presentación de la solicitud de devolución de saldos a favor: 1) 40 días para resolver sobre su procedencia; y 2) 25 días cuando se trate de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros por contador público. A su vez, el artículo 22-A de dicho ordenamiento legal establece como única sanción para el caso de una resolución extemporánea, que la autoridad pague intereses a partir del día siguiente al del vencimiento de dichos plazos, conforme a una tasa igual a la prevista para los recargos por mora. En este contexto, se concluye que la facultad de la autoridad hacendaria para negar la devolución no precluye cuando ésta no resuelve la solicitud en tiempo, pues la ley de la materia no establece un plazo perentorio para que la autoridad dicte la resolución cuando considere improcedente o infundada la devolución, de manera que podrá emitirla en cualquier tiempo, sin que ello se traduzca en un estado de incertidumbre o inseguridad jurídica para el contribuyente, porque después de 3 meses sin respuesta opera la negativa ficta de su solicitud en términos del artículo 37 del Código Fiscal de la Federación, la cual podrá impugnarla mediante el recurso de revocación, o bien, el juicio contencioso administrativo y, de obtener su anulación, el contribuyente tendrá derecho a recibir los intereses a partir de que venció el plazo, conforme al referido artículo 22-A.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 116/2010. Entre las sustentadas por el Cuarto y Quinto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 19 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: Ma. de la L.P.P..
Tesis de jurisprudencia 73/2010. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal en sesión privada del veintiséis de mayo de dos mil diez.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-10-2020 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 163/2020)
...o total de la devolución. Sobre el tema se pronunció la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 73/2010 ─citada en la resolución reclamada─, con el registro 164475, que “DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD HACENDARIA PARA ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-05-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2760/2011)
...la violación. La naturaleza indemnizatoria por mora, también se ha puesto de manifiesto en las tesis 2a. CVIII/2009 (Registro: 166,404) y 2a./J. 73/2010 (Registro: 164,475), de rubros siguientes: “INTERESES MORATORIOS POR DEVOLUCIÓN DE PAGO DE LO INDEBIDO. EL ARTÍCULO 22-A, PÁRRAFO TERCERO,......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-06-2011 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 134/2011)
...finalidad de esta figura jurídica.--- Robustece la anterior conclusión, los conceptos jurídicos contenidos en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 73/2010 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de J.cia de la Nación, que aparece publicada en la página 260, Tomo XXXI, junio de 2010, Novena Époc......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-07-2017 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 59/2017)
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...DENTRO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 22, SEXTO PÁRRAFO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 73/2010). ((IX Región)1o.15 A (10a.)) S.J.F. X Época. Libro 34. T. I. 1er. T.C. del Centro Auxiliar de la 9a. Región, septiembre 2016, p. PRIMER T......
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Principales problematicas en la elaboracion de agravios en materia fiscal
...IMPUGNADO.” 89 Registro: 164475, Novena Epoca, Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXI, Junio de 2010, Tesis: 2a./J. 73/2010, Página: 260, bajo el rubro: “DEVOLUCION DE SALDOS A FAVOR. LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD HACENDARIA PARA NEGARLA NO PRECLUYE CUANDO ESTA NO ......
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Jurisprudencia Núm. IX-J-SS-24. Código Fiscal de la Federación
...omite transcripción consultable en Registro digital: 164475. Instancia: Segunda Sala. Novena Época. Materias(s): Administrativa. Tesis: 2a./J. 73/2010. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXI, Junio de 2010, página 260. Tipo: Jurisprudencia] Revista Núm. 9, Septie......