Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 507 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro394463
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

En la audiencia respectiva, las partes tienen el derecho de rendir prueba sobre la certidumbre del acto que reputan violatorio de garantías, por lo que el sobreseimiento decretado fuera de esa audiencia priva a los quejosos de probar los hechos que afirman, siendo, por tanto, improcedente.

Quinta Epoca:


Amparo civil en revisión 3874/21. O. vda. de T.E.. 24 de febrero de 1922. Unanimidad de once votos.


Amparo civil en revisión 461/34. C.H.L., suc. de. 7 de abril de 1934. Cinco votos.


Amparo en revisión 5665/39. Caro R.. 29 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 1911/41. G.A.C. 12 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 3907/42. G.M., suc. de. 13 de julio de 1942. Cinco votos.


NOTA:

En los Apéndices al Semanario Judicial de la Federación correspondientes a los Tomos LXXVI y XCVII así como en el de 1917-1954 aparece publicada con el rubro: "SOBRESEIMIENTO FUERA DE AUDIENCIA. CUANDO ES ILEGAL".

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