Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 20 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro922209
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

Si el absolvente para hechos propios tiene su residencia fuera del lugar donde se encuentre la Junta, es indudable que la confesional debe prepararse y desahogarse por exhorto, por lo que el oferente debe presentar el pliego de posiciones para que, previamente calificado, en sobre cerrado y sellado, se acompañe al exhorto que se libre a la Junta respectiva, en términos del artículo 791 de la Ley Federal del Trabajo. Lo anterior con independencia de que el referido absolvente haya comparecido a juicio mediante apoderado y señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar donde se encuentre dicha autoridad, pues, aun así, sigue rigiendo el supuesto del citado precepto legal.

Novena Época:


Contradicción de tesis 91/2001-SS.-Entre las sustentadas por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y por los Tribunales Colegiados Primero y Noveno en Materia de Trabajo del Primer Circuito, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, y los anteriores Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, Primero y Tercero del Sexto Circuito.-30 de noviembre de 2001.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: M.A.G..-Ponente: J.D. Romero.-Secretaria: S.E.M.Q..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, enero de 2002, página 97, Segunda Sala, tesis 2a./J. 77/2001; véase la ejecutoria en la página 12 de dicho tomo.

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