Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 34 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro922492
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorSegunda Sala

Cuando ante un Tribunal Colegiado de Circuito es invocada una jurisprudencia que se dice sustentada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin que esté reflejada en una tesis aprobada y publicada formalmente, debe verificar la existencia del criterio jurídico y que reúna los requisitos legales exigidos para ser obligatorio, para lo cual deberá acudir ante ese Alto Tribunal, por conducto de la Coordinación General de Compilación y Sistematización de Tesis.

Novena Época:


Contradicción de tesis 40/2000-PL.-Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero en Materia Civil del Primer Circuito, Primero en Materia Civil del Séptimo Circuito y Primero en Materia Administrativa del Tercer Circuito.-23 de agosto de 2002.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: M.A.G..-Ponente: G.I.O.M.: A.D.D..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.X., octubre de 2002, página 294, Segunda Sala, tesis 2a./J. 108/2002; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., noviembre de 2002, página 539.

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