Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Noviembre de 2009 (Tesis num. 2a./J. 178/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-11-2009 (Contradicción de Tesis))

Número de registro165914
Número de resolución2a./J. 178/2009
Fecha de publicación01 Noviembre 2009
Fecha01 Noviembre 2009
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Noviembre de 2009; Pág. 436
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa

La interpretación sistemática y armónica de los artículos 1o., 2o., fracción V, 3o., 35, 36, 159, 162, fracción II, y 184, fracciones III, VI y XI, de la Ley Aduanera, revela que los agentes aduanales tienen a su cargo un régimen de obligaciones de carácter formal relacionadas con sus atribuciones para promover por cuenta ajena el despacho de mercancías, trámites y gestiones aduanales, las cuales inciden directamente con los actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías al territorio nacional de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en la propia ley y, por tanto, guardan una estrecha vinculación con las obligaciones sustantivas relativas al pago de los impuestos generales de importación y de exportación, contribuciones y aprovechamientos, pues son los medios, instrumentos o condiciones para que éstas se materialicen, trascendiendo así a la hacienda pública y al interés fiscal de la Federación, pues la materia fiscal involucra todo lo concerniente a las sanciones aplicadas con motivo de la infracción a las leyes relacionadas con las contribuciones. Por tanto, contra las sentencias dictadas por las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en los juicios de nulidad sobre resoluciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o el Servicio de Administración Tributaria, relativas a la imposición de multas a agentes aduanales por cometer las infracciones relacionadas con la presentación de documentación, declaraciones y su transmisión electrónica, previstas en el artículo 184, fracciones III, VI y XI, de la Ley Aduanera, procede el recurso de revisión fiscal, con fundamento en el artículo 63, fracción III, inciso f), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, equivalente al 248, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, derogado por el artículo segundo transitorio de la citada Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de diciembre de 2005.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 299/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, Primero en Materia Administrativa del Primer Circuito y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito (antes Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito). 7 de octubre de 2009. Mayoría de tres votos. Disidentes: M.A.G. y M.B.L.R.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: R.R.M..

Tesis de jurisprudencia 178/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiocho de octubre de dos mil nueve.

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