Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro355820
MateriaCivil,Derecho Civil

La circunstancia de que una persona haya desempeñado, por delegación, el cargo de albacea, no implica que sus honorarios deban regularse, forzosamente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3756 del Código Civil del Estado de Jalisco, que dispone que si el testador no designa la retribución, el albacea cobrara el 2% sobre el importe líquido y efectivo de la herencia, puesto que si se demuestra que no fue el único albacea, sino que en el juicio sucesorio han intervenido tres, el caso debe regirse por el artículo 3758 del propio ordenamiento, según el cual, si fueron varios los albaceas, la retribución debe hacerse en proporción al tiempo en que cada uno haya administrado y al trabajo que hubiere tenido en la administración, y si la...

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