Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro355588
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 10o. del arancel de honorarios profesionales, vigente en el Estado de Coahuila, establece que por informes o alegatos en cada instancia, se cobrará el cinco por ciento de lo que importe el negocio, si fuere verbal, y el ocho por ciento, si fuere escrito, y el artículo 16 del propio ordenamiento, previene que en los incidentes que se susciten en los juicios, sólo podrá cobrarse la mitad de los honorarios que deberían corresponder, conforme a los demás artículos del propio arancel. Del contenido de estas disposiciones, fácilmente se colige, que el primer precepto se refiere a los alegatos o informes que en cada instancia del juicio se realicen, y que el segundo comprende todos los servicios que se presten con motivo de las gestiones incidentales que se susciten en los juicios; y como es elemental que dentro de nuestro régimen jurídico, para cada juicio no existe más que dos instancias, y de...

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