Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro354876
MateriaCivil,Derecho Civil

Es inexacto que el plazo de un año que la ley concede para el desempeño del albaceazgo, sea perentorio y definitivo, de tal manera que su solo transcurso ponga fin a las funciones que le son propias, ya que la misma ley, lejos de establecer que es improrrogable, lo señala, al contrario, como prorrogable, por lo que no hay duda que , cuando el lapso en cuestión fenece, si los interesados en la sucesión no hacen valer sus derechos, para que, cese en sus funciones el albacea, éste debe seguir legalmente en ejercicio, en tanto no haya una determinación judicial que disponga su remoción, ya que las leyes no sólo no le permiten abandonar sus encargos, sino que le obligan a seguir en su desempeño...

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