Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352408
MateriaComún

La resolución del tribunal de alzada respectivo, que dirime una cuestión de competencia por inhibitoria, es de ejecución inmediata e irreparable, porque sus efectos son que ni los Jueces contendientes ni el tribunal aludido, puedan volver sobre dicha resolución de competencia y reparar el agravio causado, por lo que el caso queda comprendido en la fracción IX del artículo 107 constitucional, que establece la procedencia del amparo indirecto contra actos en el juicio que sean de ejecución irreparable; sin que sea obstáculo lo prevenido por la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, que limita la procedencia del juicio de garantías indirecto, a los actos en el juicio que tengan ejecución irreparable, sobre las personas o las cosas, pues ya la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido que esa limitación no está contenida en el texto del precepto constitucional antes citado.

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