Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro351951
MateriaCivil

Si el acto reclamado se hace consistir en la interlocutoria que declaró improcedente la excepción de incompetencia por declinatoria, opuesta por el quejoso, en los autos del juicio ejecutivo civil, seguido en su contra ante el Juez menor, sobre cumplimiento y ejecución de un convenio celebrado ante un Juez de lo Civil, y el agraviado pretende que este último es quien debió conocer del asunto, en la vía de apremio, debe decirse que si las dos autoridades citadas, residen en el mismo lugar, no se irroga perjuicio alguno al quejoso, por que se le exija el cumplimiento y ejecución del convenio, en la vía ejecutiva civil, ante el Juez menor, en vez de promoverse en la vía de apremio, ante el Juez de lo Civil, y en tales condiciones, el caso se encuentra comprendido en los términos del artículo 73, fracción VI, de la Ley de Amparo, y debe sobreseerse en el juicio de garantías.

Amparo civil. Revisión del auto...

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