Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro350987
MateriaCivil

El artículo 905 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en su fracción II, precisa los medios de prueba del estado de demencia de una persona, y entre ellos, señala como requisito indispensable, la certificación de tres médicos, por lo menos preferentemente alienistas, que en la Ciudad de México serán del servicio médico legal, y en el resto del Distrito y Territorios, los que atienden manicomios oficiales. Ahora bien, esta disposición debe interpretarse en el sentido no de que simplemente sea necesaria la prueba pericial, sujeta a la apreciación del Juez, en los términos del artículo 419 del código citado, sino en el de que no podrá tenerse por demostrado el estado de demencia, sin el dictamen que lo declare...

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