Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro348601
MateriaCivil

Tratándose de un contrato de obras a destajo, ajustado por honorarios, en que el contratista ha formado planos y presupuestos, pueden presentarse tres distintas situaciones: 1.- La obra la inicia y la termina el contratista; 2.- La obra no se ejecuta por causa imputable al dueño, y 3.- La obra la inicia el contratista y sin culpa suya se suspende. La primera hipótesis la prevé la primera parte del artículo 2474 del Código Civil para el Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, al establecer que "el perito que forma el plano o el presupuesto de una obra, y la ejecuta, no puede cobrar el plano o presupuesto fuera del honorario de la obra"; la segunda está prevista en la última parte del mismo precepto, que previene que el plano o el presupuesto "podrá cobrarlos, a no ser que se haya pactado que el dueño no los pague si no le conviniere aceptarlos"; y la tercera hipótesis la prevé el artículo 2499 del código citado, que determina que en el caso a que se refiere, cuando la obra "se ajustó por honorarios, sólo se abonarán, además de los vencidos, los que corresponden a un mes, contados desde la suspensión de la obra". La razón para resolver distintamente las tres situaciones de que...

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