Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro348163
MateriaCivil

No puede aceptarse que la caducidad, que no es otra cosa que la presunción de que se ha abandonado el derecho ejercitado por el promovente, por el transcurso de cierto lapso, pueda operar en el juicio en que se introdujo una tercería excluyente de dominio, por haberse declarado caduca la tercería. En efecto, la presunción de que el promovente de la tercería ha renunciado a su derecho, no trae como consecuencia que también se presuma que el actor en el juicio principal abandonó su derecho, pues semejante presunción sólo se produce cuando, de acuerdo con la ley, la acción incidental suspenda el curso del negocio principal (artículo 255, fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles...

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